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El Consejo Nacional Electoral (CNE) tiene listo el proceso para que los miembros de las Fuerzas Armadas (FF.AA.) acudan a votar el 26 de abril, derecho que por primera
vez está contemplado en la Constitución de la República.![]() En total acudirán a sufragar 55 mil 66 miembros del Ejercito, de la Armada y de la Fuerza Aérea. El día de las elecciones los uniformados no sólo tendrán que cumplir la misión de precautelar la seguridad del país y la de los recintos electorales. También deberán asistir a las urnas y sufragar. Requisitos Según el Reglamento para el ejercicio del voto de los miembros de las FF.AA. emitido por el CNE, los militares necesitan constar en el Registro Electoral. Además, al igual que cualquier ciudadano, tienen que presentar la cédula de identidad para ejercer el voto. Quienes se encuentren asignado a Recintos electorales, prestando resguardo interno, sufragarán en las Juntas Receptoras del Voto (JRV) del respectivo lugar.
Su dirección domiciliar será el lugar donde estén prestando servicio. Casos especiales El coronel José Núñez, coordinador de las FF.AA. ante el CNE, aseguró que el personal que el 26 de abril esté destinado a trabajos administrativos votará en el recinto más cercano a la oficina en la que se encuentre ese día. Los militares que residan en el exterior deberán acogerse a las normas que rigen para este tipo de electores, es decir registrarse en el padrón para votar. Facilidades Los comandantes de las unidades, repartos, distritos o dependencias de las FF.AA. están obligados a dar las facilidades necesarias a todos los efectivos bajo su mando, para que acudan a sufragar. La máxima prioridad El voto militar sólo se podrá realizar sin afectar la misión fundamental de defender la soberanía y la integridad territorial. Por esta razón, según informó el coronel Iván Borja, director de Comunicación del Ministerio de Defensa, quienes estén prestando servicio en la frontera no podrán sufragar. EL DATO El 26 de abril los uniformados tendrán preferencia a la hora de ejercer el voto y no están obligados a hacer fila. Reglas especiales Uniformados en las elecciones No pueden portar armas al momento de sufragar. Los uniformados que cumplen actividades de seguridad deben encargar sus armas ante un superior para votar ![]() En cada recinto habrá un ‘rastrillo’ o cuarto especial, para que los militares guarden sus armas mientras ejercen su derecho al voto. Los miembros de las FF.AA. están prohibidos de realizar actividades proselitistas dentro de unidades o dependencias militares. Hay prohibición de que participen en campaña electoral cuando se encuentra francos. Tampoco pueden ser candidatos o ser miembros de las Juntas Receptoras del Voto o integrar las Juntas Intermedias. Uniformados Voto en provincias Azuay 602 Bolívar 840 Cañar 344 Carchi 911 Cotopaxi 2.895 Chimborazo 2778 El Oro 3.321 Esmeraldas 1.859 Guayas 10.750 Imbabura 1.485 Loja 2.850 Los Ríos 1.880 Manabí 1.657 Morona Santiago 1.048 Napo 556 Pastaza 43.209 Pichincha 11.741 Tungurahua 2.029 Zamora Chinchipe 523 Galápagos 14.357 Sucumbíos 1.651 Orellana 1.344 Sto.Dgo. Tsáchilas 1.012 Santa Elena 1.012 Europa 14 E.E.U.U. y Canadá 25 América Latina 16 TOTAL 55.066 ![]() |
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